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La Corte Suprema de Justicia suspendió este viernes los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la Ley de Tierras Rurales. Con la decisión, vuelven a estar vigentes de manera provisoria las restricciones para la adquisición de campos por parte de extranjeros.

La resolución fue firmada por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci, mientras que Carlos Rosenkrantz votó en disidencia. El tribunal sostuvo que era necesario tomar una medida interina para evitar posibles daños irreparables mientras continúa la discusión judicial.

En la práctica, vuelve a regir el límite del 15% para la titularidad extranjera de tierras rurales, junto con otras restricciones previstas en la Ley 26.737. La medida continuará hasta que la Justicia competente resuelva el pedido cautelar y analice el fondo de la cuestión.